Curso para Recuperar Puntos de la Licencia de Conducir
CURSO ESPECIAL DE EDUCACIÓN VIAL Y PREVENCIÓN DE SINIESTROS DE TRÁNSITO CON CONTENIDO DE DERECHOS HUMANOS Y SOCORRISMO
-SCORING-
El Sistema de Evaluación Permanente de Conductores (SEPC), que rige desde el año 2009, y su modificación a partir de la entrada en vigencia de la ley 6254, el 27 de Febrero de 2020, consiste en la asignación de un puntaje a cada conductor y el descuento de puntos en función de las infracciones y/o contravenciones cometidas.
Se le otorgan veinte puntos a cada conductor que posea licencia de conducir emitida por el Gobierno de la Ciudad, que se irán descontando en función de las infracciones y/o contravenciones comprobadas a las normas.
Características principales:
La quita de puntos recaerá sobre el titular registral del vehículo, a excepción de:
- Que el conductor se encuentre identificado y sea distinto de aquel,
- Acreditar haberlo vendido,
- Acreditar haberlo vendido,
- Acreditar haber cedido la tenencia o custodia, identificando al responsable y que éste último preste consentimiento al descuento de puntos.
Cada descuento parcial de puntos quedará sin efecto a los 3 (tres) años siempre que el conductor, durante ese lapso, no haya alcanzado los cero puntos.
A los conductores que alcancen los cero (0) puntos se les reasignarán nuevamente diez (10) puntos una vez cumplida la sanción que será la inhabilitación para conducir que podrá extenderse desde los sesenta (60) días hasta los cinco (5) años.
Además, en ese lapso, se deberá cumplir y aprobar un Curso Especial De Educación Vial Y Prevención De Siniestros De Tránsito Con Contenido De Derechos Humanos Y Socorrismo el mismo se dicta en forma Virtual en nuestra Plataforma FOCOVI.
Inscripción Web:
https://www.creandoconciencia.org.ar
- Los conductores pueden recuperar voluntariamente cuatro (4) puntos si presentan certificado de asistencia y aprobación del curso especial de educación vial establecido en el Régimen de Faltas. Esta opción no podrá utilizarse más de una (1) vez cada dos (2) años.
Llegar a “Cero Punto” determinará menos tiempo de validez del registro de conductor, a la hora de renovarlo. Los reincidentes crónicos tendrán una inhabilitación más larga o permanente.
Algunas de las conductas que descuentan puntos:
2 puntos:
- No acatar las indicaciones de la autoridad.
4 puntos:
- Circular con licencia vencida.
- No cumplir con las condiciones de la licencia (uso de anteojos o lentes de contacto).
- Conducir con licencia de categoría distinta a la correspondiente.
- Circular sin el cinturón de seguridad.
- Conducir con menores sin el dispositivo de retención infantil correspondiente.
- Conducir con personas impedidas de viajar en asiento delantero.
- Girar en lugar prohibido (hacia una transversal en forma no reglamentaria o giro en U en una misma arteria).
- Circular marcha atrás.
- Obstruir la vía (transversal, ciclovías, veredas, estac. reservados, carriles exclusivos, rampa discapacitados, etc.).
- No ceder el paso a bomberos, ambulancias, policía de servicios públicos o de urgencia.
- No dar prioridad de paso a los peatones.
5 puntos:
- Conducir utilizando celular y/o reproductores de video.
- Circular excediendo la velocidad permitida entre el diez por ciento (10%) y el treinta por ciento (30%) para el tipo de arteria.
- Circular en sentido contrario.
- Invasión parcial de vías.
- No respetar la prioridad de paso de una bocacalle y/o un indicador de “PARE” (cruce de bocacalles).
- Interrumpir el paso de filas escolares.
- Prohibición de circular por razones de día, horario y/o características de los vehículos.
- Circular sin el casco protector (motos).
- Circular sin chaleco reflectante (motos).
- Violación de semáforo.
10 puntos:
- Circular, estar estacionado o detenido sin placas de dominio.
- Impedir o dificultar la visualización de la placa de dominio mediante pliegues, añadiduras, mal estado de conservación o que este colocada en forma antirreglamentaria o girada respecto de su posición normal.
- Circular con cualquier elemento que permita evadir los controles de tránsito y/o velocidad.
- Circular en exceso de velocidad mayor al 30% de la velocidad permitida para el tipo de arteria.
- Conducción peligrosa, sin anticipar maniobra.
- Conducir sin los requisitos de los transportes de carga.
- Negativa al control de alcoholemia, estupefacientes u otras sustancias.
- Cruzar barreras férreas bajas.
- Conducir taxis, transportes escolares, remises, vehículos de fantasía y otros sin inhabilitación.
- Conducir con mayor cantidad de alcohol en sangre de lo permitido o bajo los efectos de estupefacientes (contravención).
- No cumplir las obligaciones legales a cargo, en caso de participar en un accidente de tránsito (contravención).
20 puntos:
- Participar, disputar u organizar, competencias de velocidad o destreza en la vía pública (contravención).
Cursos para la Recuperación de puntos
1) Curso optativo para la recuperación de 4 (cuatro) puntos:
Este curso puede realizarse cuando aún no se ha llegado a cero puntos y permite, luego de su aprobación, recuperar parcialmente 4 puntos en la licencia de conducir.
Esta opción puede realizarse sólo una vez cada tres años.
La recuperación de puntos será posible a través de asistencia al curso y aprobación del exámen en el que se abordarán temas específicos referidos a las problemáticas de tránsito.
2) Curso obligatorio para las personas que pierden el puntaje por primera vez :
Este curso puede realizarse recién cuando se haya alcanzado el saldo CERO en la licencia de conducir. En esa situación, la ley establece que la consecuencia de haber llegado a los cero puntos por primera vez, es tanto la inhabilitación de la licencia de conducir por el término de 60 días, como la realización de este curso y la aprobación del correspondiente examen.
3) Curso obligatorio para las personas que pierdan el puntaje por segunda vez :
Este curso debe realizarse en caso de que se hayan alcanzado los cero puntos en la licencia de conducir en dos oportunidades. Asimismo, la ley establece que cuando se hayan alcanzado los cero puntos por segunda vez, se inhabilitará al conductor para conducir por el término de 180 días, y caducará la licencia de conducir que posea, debiendo realizar nuevamente el trámite de otorgamiento de la licencia.
4) Curso obligatorio para las personas que pierdan el puntaje por tercera vez :
Este curso debe realizarse en caso que se hayan alcanzado los cero puntos en la licencia de conducir en tres oportunidades. Asimismo, la ley establece que cuando se hayan alcanzado los cero puntos por tercera vez, se inhabilitará al conductor para conducir por el término de 2 años, y caducará la licencia de conducir que posea, debiendo realizar nuevamente el trámite de otorgamiento de la licencia.
5- Curso obligatorio para las personas que pierdan el puntaje por cuarta vez y sucesivas:
Este curso debe realizarse en caso que se hayan alcanzado los cero puntos en la licencia de conducir en cuatro o más oportunidades. Asimismo, la ley establece que cuando se hayan alcanzado los cero puntos por cuarta vez y sucesivas oportunidades, se inhabilitará al conductor para conducir por el término de 5 años y caducará la licencia de conducir que posea, debiendo realizar nuevamente el trámite de otorgamiento de la licencia.
Costo: Los cursos poseen un valor que lo establece por ley la Tarifaria del CABA.
Conoce La Ley Y Reglamentación
http://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/decreto_1078_08.pdf